Regulación forestal en Uruguay afecta a nuevas plantaciones nuevas

El Decreto 405/021 del Poder Ejecutivo cambió desde el pasado 15 de diciembre del año 2021, algunos parámetros que regulan la actividad forestal en Uruguay. Es un decreto que se aplica específicamente a las nuevas plantaciones forestales que se relacionan con el régimen sobre el ambiente.

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Explicación detallada de las modificaciones

La Esc. Rocío González concedió una entrevista a Radio Carve, sobre este importante tema, como lo es el cambio que introduce el mencionado decreto en la nueva regulación forestal.

En ese sentido, la ejecutiva del estudio, Posada, Posadas & Vecino comentó el 16 de marzo del presente año, que el decreto en el ámbito forestal modifica al régimen ambiental, un punto en el que enfatizó es que aplicable a las nuevas plantaciones forestales a partir del primero de enero del año 2023, con modificaciones que pueden entenderse en tres aspectos.

 Nuevo Registro Ambiental para Plantaciones Forestales

En cuanto al registro Ambiental de Plantaciones Forestales, la especialista Rocío González, indicó que es un proceso obligatorio que debe cumplirse de manera previa al inicio de la ejecución de las plantaciones forestales, en concreto de las nuevas plantaciones forestales con una extensión de terreno o superficie afectada entre las 40 y 100 hectáreas.

Explicó Rocío González en la entrevista radial, que anteriormente la Ley Forestal N° 16.466 del año 1994 exigía a través del decreto N° 349/005 que las nuevas plantaciones de 100 hectáreas deberían contar con una autorización ambiental previa a su ejecución.

Sin embargo, acotó que el decreto en vigencia desde el 15 de diciembre del año 2021 dispone dicha exigencia también para plantaciones de menor extensión, ya que en la nueva normativa forestal se incluye el registro y solicitud de autorización previa también para superficies desde 40 hectáreas en adelante.

Dijo al respecto, que el registro de un proyecto de plantación forestal debe ser efectivo, para que se pueda dar inicio a su ejecución. Es decir, que no se pueden hacer plantaciones forestales sin dar cumplimiento al requisito con plena vigencia en la regulación forestal de Uruguay.

Además, la especialista que forma parte del equipo de trabajo integral de la firma profesional Posadas, Posadas & Vecino, expresó que una vez que se efectúe el registro ante las autoridades competentes, el mismo tiene una validez de hasta tres ciclos de plantación forestal.

Modificaciones en la definición de terrenos forestales

Al hacer referencia a los cambios sobre de los terrenos forestales, la entrevistada reveló que la nueva definición, modifica su concepto dado que clasifica los suelos en categorías según sus actividades y usos permitidos.

Expuso que el nuevo decreto considera como terrenos con aptitud forestal a los ya forestados según la normativa vigente cuando se planteó originalmente. También, a los suelos clase VI y VII. Los suelos clase IV con potencial riesgo de erosión según criterios de la Dirección Nacional del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Solicitudes de Autorización Ambiental Especial

Rocío González dijo que las exigencias para obtenerla, se encuentran descritas en el artículo 17 de la Ley Forestal vigente y está prevista para las nuevas plantaciones forestales de 100 hectáreas, sin perjuicio de los ciclos forestales previstos en el registro.

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